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Bulo desmentido: La DGT no te podrá sancionar si no llevas la mascarilla en el coche

No es complicado encontrar en internet titulares que tratan de conseguir la visita rápida y, para ello el coronavirus es el mejor gancho. Han sido varias las noticias que han aparecido a lo largo de los últimos días que hacen mención de las sanciones por no llevar mascarilla en la vía pública, incluyendo el interior de los vehículos.

En base a todas las dudas y rumores que han empezado a circular en redes sociales, la Dirección General de Tráfico ha decido emitir un comunicado a través de su Twitter desmintiendo los bulos.

“El uso de mascarilla es una medida sanitaria y de salud pública, por tanto, la DGT no tiene competencia alguna en la regulación de la misma”, aclara el organismo. De todas formas, esto no significa que no podamos ser sancionados.


Sanciones por cuestión de salud pública

Así es, el hecho de que no podamos ser multados por Tráfico, no quiere decir que sea posible circular sin mascarilla. En este caso, se trataría de una sanción de índole sanitaria, por lo que los agentes podrían penalizarnos con un cargo de 100 euros. Tal y como se indica en el Real Decreto de Nueva Normalidad: “será obligatorio el uso de la mascarilla en transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio”.

En cambio, un agente de Tráfico podría sancionarnos por cuestiones de velocidad o alcoholemia.

 

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