Las multas de verano al conducir pueden sorprender a más de uno. Muchas personas desconocen algunos actos que pueden perjudicarles, aunque parezcan insólitos.
Conducir con chanclas: una infracción frecuente
En sí, la ley no prohíbe la práctica. Sin embargo, sí que puede haber sanción, si un agente así lo decide. De hecho, son muchos los conductores que muestran su enfado ante esta situación. No existe artículo en el Reglamento de la Circulación que indique su prohibición, pero el conductor puede exponerse igualmente a la sanción.
Este acto puede considerarse peligroso para el conductor al ver mermadas sus habilidades en la conducción por llevar un calzado inadecuado. Así, de forma indirecta, la DGT ha indicado que existen algunos artículos en el Reglamento que pueden indicar de forma implícita este tipo de conductas. Un ejemplo vendría a ser el Artículo 3.1. que habla acerca de que se debe conducir con diligencia y precaución evitando todo daño y procurando no ponerse a uno mismo en peligro ni a los demás. El Artículo 17.1. indica que los conductores deben estar en condiciones para controlar el vehículo. En todo caso, puede suponer una sanción de hasta 200 euros.
Por tanto, lo recomendable es escoger un calzado cerrado y que pueda agarrar bien el pie (zapatillas o zapatos cómodos, sin tacón).
Infracciones comunes en vacaciones de verano
Otras serían el comer o beber durante la conducción (sanción de hasta 200 euros y retirada de dos puntos del carnet), sacar la mano y el codo por la ventanilla (sanción de hasta 80 euros).
Hablar por el móvil, usar el GPS o escribir un whatsapp, incluso sin tener el coche en marcha, puede producir una pérdida de 4 puntos y una sanción de 200 euros.
Informarse de las multas en verano y evitar este tipo de infracciones es lo mejor. Llevar chanclas mientras se conduce es una de las más frecuentes.