Un uso inadecuado del cinturón, circular con la ITV caducada o la ingesta de alcohol son algunas causas por las que las autoridades pueden imponer al conductor una multa elevada. Pero, es cierto que existen otras y algunas de ellas desconocidas y que es importante conocer para evitar imprevistos o multas innecesarias.
Multa por obstaculizar la visión El artículo 19 del Reglamento General de Circulación prohíbe circular con un coche cuya superficie acristalada no permita al conductor la visibilidad completa. La Dirección General de Tráfico puede multarte por llevar ciertos objetos en el espejo interior, pero también pegatinas y elementos que no permitan una visibilidad óptima. Por tanto, si las autoridades interpretan que la superficie acristalada del coche no está lo suficientemente despejada o que el ambientador ocupa una gran parte de la visión, un agente de tráfico puede ponerte una multa de 200 euros. Colgar accesorios del retrovisor es una práctica legal y habitual, pero en algunas ocasiones hay que tener cuidado. Llaveros, cruces, rosarios, peluches y ambientadores, son muchos los elementos que pueden verse en algunos coches, siempre que no perjudique en la visibilidad del conductor.
De la misma manera que los ambientadores, existen otros elementos que pueden interferir en una circulación correcta y, por tanto, puede ser motivo de multa. Los más habituales son los soportes para teléfonos móviles porque no solo pueden perjudicar en la visión del conductor, sino que además incitan a utilizar el dispositivo durante la marcha. Por tanto, los únicos soportes que acepta la DGT como válidos y que deben estar siempre homologados para su uso son aquellos que se colocan por debajo de la zona de visión del conductor. Tener una visibilidad correcta y completa durante la conducción es clave para evitar accidentes y presentar una mayor seguridad al volante. Por ello, es importante evitar accesorios que dificulten o alteren la tranquilidad al volante.