La Ley de Seguridad Vial y el Reglamento General de la Circulación fija la normativa aplicable a los límites genéricos y específicos de velocidad, velocidad en adelantamiento y distancias entre vehículos. El incumplimiento de estas normas está tipificado como infracción grave o muy grave, sancionadas con multas de 100 a 600 euros y con pérdida de hasta 6 puntos.
Las multas por exceso de velocidad son las más frecuentes y, por lo tanto, las que más preocupan a los conductores. Las sanciones por exceso de velocidad no dependen del criterio de un juez, o de un funcionario de la DGT, sino que se atienen a la siguiente tabla:
La cuantía de las sanciones por exceso de velocidad varía en función de lo mucho o lo poco que se ha superado el límite establecido por las señales de tráfico. Exceder los límites de velocidad tiene un coste mínimo de 100 euros y un máximo de 600 en los casos más graves. Rebasar la velocidad no siempre conlleva una pérdida de puntos, aunque que en la mayor parte de los casos supone una pérdida de entre 2 y 6 puntos, dependiendo del exceso de velocidad cometido.
Existen casos todavía más graves en los que el conductor pierde el carné de conducir y se enfrenta a penas de prisión. Circular a una velocidad superior a la permitida en 60 km/hora en vía urbana o en 80 km/hora en vía interurbana puede comportar una pena de tres a seis meses. Eso o una multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. Además, se le prohíbe conducir vehículos a motor o ciclomotores en un periodo de tiempo que puede variar entre uno y cuatro años.