La modificación del Reglamento General de Circulación, aprobada mediante el Real Decreto 1514/2018 de 28 de diciembre, y que entró en vigor el pasado mes de enero, contempla algunos puntos que afectan también a las motos. Uno de los puntos más significativos hace referencia al estacionamiento de estos vehículos.
Este tipo de vehículos motorizados, según la normativa vigente, tienen prohibido estacionar en zonas dedicadas al paso de los peatones como, por ejemplo, aceras y paseos urbanos. No obstante, la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial deja en manos de cada ciudad y municipio la gestión y autorregulación de este asunto.
De esta manera, mediante ordenanzas municipales, cada ayuntamiento tiene la posibilidad de regular tanto el estacionamiento como la parada de estos vehículos de dos ruedas en estas zonas, atendiendo, principalmente, a casos especiales como personas con algún tipo de discapacidad, o transportistas de objetos voluminosos como los repartidores de comida a domicilio.
Aparcamiento en espacios reservados
En algunas ciudades, por tanto, queda completamente prohibido estacionar en la acera, así como en áreas ajardinadas o calles peatonales, mientras que en otras se permiten algunas excepciones. En cualquier caso, la normativa apunta que las motos deben estacionar en espacios específicamente reservados para ello.
Son muchos los conductores que optan por esta clase de vehículos por la comodidad que aportan no solamente en el aparcamiento, sino también en la circulación a la hora de sortear atascos y llegar más rápido a su destino. Si estás pensando en obtener el permiso de conducción de motocicletas, echa un vistazo a nuestros cursos.
En la ciudad de Valencia, está permitido el estacionamiento sobre la calzada en los espacios reservados. Cuando estos espacios no estén disponibles, se podrá estacionar en la acera de más de 3 m de ancho, a más de 3 m de los límites de un paso peatonal o de una parada de transporte público y a más de 1 m de un carril bici. No se permite en ningún caso estacionar en el espacio reservado para las bicicletas, ni tampoco en el carril bici. Además, está prohibida la entrada y salida a las aceras con el motor encendido.
Te recomendamos seguir al pie de la letra estas nuevas restricciones en la normativa y ubicar los espacios cerca a tu trabajo y hogar donde está permitido el alojamiento, de esta forma ahorrarás tiempo y evitarás multas innecesarias.